jueves, noviembre 21, 2024
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NOAJ: Las leyes para los Hijos de Nóaj

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LAS LEYES DEL EXTRANJERO

La Torá, la Constitución del pueblo judío, contiene todo tipo de leyes, rituales, civiles, laborales, etc.. Y también leyes que conciernen a los no-judíos.  Estas leyes se comprenden mejor cuando las comparamos  con “las leyes del extranjero” que aparecen en cualquier constitución moderna.  Las leyes de migración y extranjería determinan, por ejemplo, cuál es el proceso que un extranjero debe realizar para la obtención de la ciudadania , es decir: la naturalización; o cuáles son los derechos y las obligaciones de un extranjero que quiere residir o trabajar temporalmente en el país, etc.

La Torá llama al extranjero guer, refiriéndose a una persona no judía, hombre o mujer, que vive con los judíos en la tierra de Israel.  La Torá reconoce dos tipos de extranjeros. El primero, y el que más se menciona en la Torá, es el guer toshab,  o “extranjero residente”. El otro es guer tsedeq, es decir, o “extranjero naturalizado” .  

El “extranjero residente» es el individuo no-judío que podía residir y trabajar legalmente en el estado judío Bíblico de Israel.  

El “extranjero naturalizado”, es una persona no-judía que naturalizado, es decir, se ha convertido en un ciudadano del pueblo de Israel.  En nuestros días esto corresponde al individuo que se convierte al judaísmo. 

Explicaremos un poco mejor el tema de conversión al judaísmo.  

CONVERSION AL JUDAISMO

Cuando un individuo no-judío, hombre o mujer,  quiere convertirse al judaísmo, lo debe hacer con la intención de transformarse en un ben berit, en una persona sujeta al pacto entre Dios e Israel, tal como lo determina la Torá. 

La conversión se realiza ante un tribunal rabínico competente. Los pasos a seguir para la conversión son los siguientes. 

1. Berit Milá: Si el candidato a la conversión es un hombre, deberá practicar la circuncisión.

2. Mikvé: Hombres o mujeres, deben sumergirse en un baño ritual llamado Mikvé.

3. Qabbalat Mitsvot: Esto es, la adopción de la Torá como el único código de ley, de moral y de conducta a seguir.  Aceptar el cumplimiento de las Mitsvot, por lo tanto, no es una mera condición para ser parte del pacto, como muchas veces se sugiere.  El deseo de observar las leyes de Dios debe ser el propósito de la conversión al judaísmo. 

4. Incondicionalidad. Uno de los requisitos para que un tribunal rabínico aceptar la conversión de un individuo no-judío es la ausencia de cualquier motivación ulterior que no sea el deseo de obligarse a vivir según lo establecido en la Torá.  La conversión de un individuo no judío, hombre o mujer, no se aceptará si se quiere convertir, por ejemplo, con la intención de casarse con una persona judía.  

Una vez que una persona no judía se convierte al judaísmo tiene prácticamente las mismas obligaciones y los mismos derechos que un individuo nacido de madre judía.  Con una excepción: el converso debe ser asistido y tratado por los judíos con más compasión y más deferencia de la que se trata a un individuo que nació de madre judía (Maimonides, Hiljot Deot). 

BEN NOAJ 

Hay una segunda manera en la que un individuo no-judío puede cumplir con la Ley Divina, sin adoptar el Pacto entre Dios e Israel, es decir, sin convertirse al judaísmo.

La ley judía —y creo que sólo el judaísmo concibe algo así— registra la existencia de un código universal de leyes Divinas que es obligatorio para toda la humanidad. Este código de leyes universales, lejos de ser más restrictivo, es mucho más reducido que el código de ley judío y contiene sólo 7 preceptos, en lugar de 613.  

Las siete leyes son: 1) No practicar la idolatría 2) No blasfemar el Nombre Divino. 3) No Matar  4) No cometer adulterio ni incesto. 5) No Robar 6) No comer la carne de un animal sin haberlo sacrificado antes .  7) Establecer tribunales de justicia para sancionar estas leyes. 

En hebreo al judío se lo llama ben berit , es decir, una persona sujeta al pacto que Dios celebró con Israel y sus descendientes. Y al no judío que vive de acuerdo a estas leyes se lo llama ben Noaj, es decir, el individuo que se obliga a las leyes universales que Dios estableció para Noaj y para sus descendientes.   

En los tiempos Bíblicos el no-judío que quería convertirse en ben noaj  también tenía que hacerlo ante un tribunal rabínico, declarando su deseo de conducirse de ahora en más de acuerdo a las leyes de Noaj.  Según la Torá, aquel individuo no-judío que acepta estos siete preceptos tiene derecho a residir en la tierra de Israel y también tiene parte en la vida del mundo por venir.

Para resumir, cuando no-judío que quiere cumplir la voluntad de Dios como lo establece la Torá puede

1. Convertirse en ben berit (judío) si quiere obligarse a observar los 613 preceptos de la Torá.

2. Convertirse en  ben Noaj si adopta las 7 leyes universales. 

 

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