martes, diciembre 3, 2024
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KETUBA (3ra Parte) Las obligaciones económicas de un marido judío

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Como hemos explicado anteriormente, la Ketubá es el documento que registra las obligaciones del marido judío hacia su esposa. El texto de la Ketubá se compone de tres partes:

1. La fecha y el lugar de la boda, y los nombres del novio y de la novia (ver aquí).

2. Las obligaciones del marido hacia su esposa mientras están casados. Las hemos resumido al mencionar las tres principales obligaciones bíblicas (ver aquí).

3. Las obligaciones financieras que el marido asume hacia su esposa, en particular la compensación monetaria que la esposa debe recibir en caso de que, D-s no lo quiera, el matrimonio se disuelva. Esta parte de la Ketubá es en realidad la parte más importante de este documento y contiene el texto más extenso (aprox. 75% de todo el texto) de la Ketubá. La Ketubá menciona que el marido asegura a su esposa con una indemnización monetaria en caso de disolución del matrimonio. El importe de esta indemnización se calcula sobre la base de los siguientes elementos.

1. Iqar Ketubá o la suma básica de la Ketubá

2. La Nedunyá o dote

3. El Tosefet o tosafot, o adiciones a la suma principal.

IQAR KETUBA:  Esta es la suma de dinero que la ley judía determina como la compensación mínima que la mujer tiene derecho a recibir de su marido en caso de disolución del matrimonio. Hay una discusión entre los rabinos si esta compensación es de origen bíblico (Rashí) o rabínico (Maimónides). Esta suma, también llamada «mohar», consiste en «doscientos zuz». Aunque el valor monetario actual de estos doscientos zuz es un tema de discusión entre los sabios contemporáneos, en los tiempos del Talmud doscientos zuz era la cantidad de dinero que una persona necesitaba para mantenerse a sí misma durante un año (comida, ropa, alojamiento, etc). En otras palabras, doscientos zuz es el equivalente al salario básico de un año.

NEDUNYA: El segundo elemento que compone la Ketubá es la nedunyá, a menudo traducido como «la dote». La nedunyá incluye todos los objetos de valor y los activos que la esposa trae al patrimonio de su nueva familia. La Ketubá menciona como ejemplos: artículos de plata y de oro, joyas, utensilios, ropa de cama, etc. Estos artículos se mencionan explícitamente para demostrar que la mujer no está llegando al matrimonio con las manos vacías. Técnicamente hablando, el marido tiene el derecho de utilizar los activos de la dote si fuera necesario, pero aún así acepta la responsabilidad por las pérdidas. Estos activos se convierten para el marido en lo que se denomina en hebreo Talmúdico valores que son como «ovejas de hierro» (tson barzel), lo que significa que su responsabilidad financiera hacia ellos nunca expirará. Por lo tanto, si el matrimonio se disuelve, el marido debe restituir la dote registrada en la Ketubá o el valor de la misma a su esposa, aparte de la suma mencionada anteriormente . Ahora bien, independientemente del valor real de la dote, la antigua costumbre es registrar el patrimonio de la esposa en la suma fija de «cien piezas de plata» (mea zequqim dekesef) que según algunas opiniones, en el valor de la plata (el metal «plata») en el mercado de hoy seria un valor aproximado de 17.000 dólares.  Esa suma era el promedio del patrimonio que una novia traía en su dote. Ahora bien, ¿por qué se registra una suma uniforme y no se registra la suma particular que cada novia trae? La tradición judía considera que esta uniformidad evita cualquier distinción entre una novia que viene de una familia rica y una novia que no viene de una familia rica. Así se evita tanto la vergüenza de una como la ostentación de la otra. De manera que, independientemente del valor de la dote que la novia lleva a su matrimonio,  el marido se obliga a restituir a la esposa en caso de disolución de matrimonio, el valor de la «dote» por la suma fija de «100 piezas de plata».

TOSEFET: El tercer componente de la compensación monetaria de la Ketubá son los incrementos voluntarios. Hay dos incrementos que normalmente se añaden a la Ketubá. En primer lugar, el incremento de la dote, que tradicionalmente es el equivalente a la dote. En otras palabras, el marido duplica el valor de la dote en un adicional de otras cien piezas de plata.      En segundo lugar, hay un incremento a la Ketubá principal que el marido promete a su esposa. En algunas comunidades se indica el importe de este incremento en moneda local. En otras comunidades, y para evitar mencionar sumas de dinero en la ceremonia de casamiento,  sólo se menciona que el marido agregará un incremento a la suma principal (iqar ketubá) sin especificar una cantidad específica. El importe de este incremento se fija generalmente siguiendo las costumbres locales.

Como el lector entenderá, la suma de dinero que se menciona en el Ketubá no está relacionado con dinero que el marido «paga por la esposa» o a su familia. Estos son prejuicios que se basan en la ignorancia de lo que realmente dice la Ketubá. La Ketubá es un seguro de matrimonio, en el cual el hombre declara que, en caso de disolución del matrimonio él indemnizará a su esposa con una significativa suma de dinero, le restituirá el patrimonio que ella y su familia contribuyeron, y sumará a esto todas los incrementos adicionales, según el uso y la costumbre local.

 

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